Servicios
Sitio Web y Presencia en Internet
Ayuda máxima
2000€
Funcionalidades y servicios
Dominio: la solución incluye el dominio de tu web durante un plazo mínimo de doce meses. La titularidad del dominio será tuya por completo.
Hosting: también tendrás a tu disposición el alojamiento de la página web durante un plazo mínimo de doce meses.
Diseño de la página web: como parte del servicio tendrás la estructura de la web, con un mínimo de 3 apartados. Se consideran páginas o apartados de una web, elementos tales como: página de inicio (Landing Page), presentación de la empresa, formulario de contacto, descripción de productos, datos de contacto, mapa del sitio (sitemap), etc.
Web responsive: tu web se adaptará perfectamente a cualquier tipo de dispositivo.
Accesibilidad: el diseño de tu web cumplirá con los criterios de conformidad de nivel AA de las Pautas WCAG-2.1.
Posicionamiento básico en internet: la información de tu pyme será indexable por los principales motores de búsqueda (On-Page).
Autogestionable: dispondrás también de una plataforma de gestión de contenidos para que puedas modificar los contenidos de tu web sin necesidad de ayuda.
Optimización de la presencia en buscadores (SEO básico): Análisis de palabras clave, SEO On-Page de 2 páginas o apartados, indexación y jerarquización del contenido.
Importe máximo de la ayuda
0 < 3 empleados: 2.000€
3 < 9 empleados: 2.000€
10 < 50 empleados: 2.000€
¿CUÁLES SON LOS REQUISITOS PARA SOLICITAR LA AYUDA?
Si cumples las siguientes condiciones,
¡el programa Kit Digital está hecho para ti!
- Ser una pequeña empresa, microempresa o autónomo.
- Cumplir los límites financieros y efectivos que definen las categorías de empresas.
- Estar en situación de alta y tener la antigüedad mínima que se establece por convocatoria.
- No tener consideración de empresa en crisis.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
- No estar sujeta a una orden de recuperación pendiente de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.
- No incurrir en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- No superar el límite de ayudas minimis (de pequeña cuantía).